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Autos que deben cumplir con el programa ‘Hoy No Circula’ este lunes

Lunes 22 de septiembre: restricciones vehiculares afectan a miles en la Ciudad de México y EDOMEX; te decimos a quiénes les toca descansar su auto y quiénes pueden librar el programa con un permiso especial. Restricciones y detalles para este lunes El programa Hoy No Circula fue diseñado por...

septiembre 22, 2025

Lunes 22 de septiembre: restricciones vehiculares afectan a miles en la Ciudad de México y EDOMEX; te decimos a quiénes les toca descansar su auto y quiénes pueden librar el programa con un permiso especial.

Restricciones y detalles para este lunes

El programa Hoy No Circula fue diseñado por la Comisión Nacional de la Megalópolis (CAMe) con el objetivo de reducir la contaminación ambiental en la Ciudad de México y los municipios conurbados del Estado de México. Este lunes, 22 de septiembre de 2025, el esquema establece que los vehículos con las siguientes características no podrán circular:

  • Holograma: 1 y 2
  • Color de engomado: amarillo
  • Terminación de placa: 5 y 6

Además, la Secretaría del Medio Ambiente informó que los autos con matrícula extranjera tienen una restricción adicional, pues no pueden circular de 5 a 11 horas los días de semana, sin contar sábados y domingos.

¿Quiénes pueden librar el programa?

El Gobierno de México contempla una serie de excepciones para aquellos conductores que, por motivos de urgencia, necesitan utilizar su vehículo. Estas son algunas de las situaciones por las que puedes solicitar un permiso especial:

  • Traslado a citas médicas o atención médica urgente.
  • Transporte de personas que requieran ayuda.
  • Atención de contingencias.

Si te encuentras en una de estas situaciones, puedes tramitar un permiso para circular sin restricciones.

Requisitos para obtener el permiso

Para solicitar la exención, es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud completo y firmado.
  • Permiso de Circulación original y su duplicado.
  • Un escrito que justifique la urgencia de la necesidad de atención médica.
  • Identificación oficial vigente del solicitante.
  • Oficio firmado por el titular de la dependencia correspondiente.

El trámite debe realizarse de forma presencial. Sin embargo, en caso de no poder asistir, se puede enviar a un apoderado con una carta poder firmada por dos testigos, adjuntando las identificaciones de quienes firman.

Con información de: Crónista

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