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CDMX dice adiós a la fiesta brava con nuevas normas para la tauromaquia

En la Ciudad de México (CDMX), la práctica de la fiesta brava que cause la muerte del toro, tanto dentro como fuera del ruedo, ha llegado a su fin de manera definitiva. Este martes, la Jefatura de Gobierno publicó el Decreto que establece la transición hacia un espectáculo taurino...

marzo 26, 2025

En la Ciudad de México (CDMX), la práctica de la fiesta brava que cause la muerte del toro, tanto dentro como fuera del ruedo, ha llegado a su fin de manera definitiva. Este martes, la Jefatura de Gobierno publicó el Decreto que establece la transición hacia un espectáculo taurino sin sangre y sin dolor, a través de la creación de la figura jurídica denominada “espectáculo taurino libre de violencia”. Esta nueva categoría permitirá la continuidad de las actividades taurinas en la Plaza de Toros bajo reglas más estrictas y respetuosas hacia los animales.

El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, lo que implica que, a partir de este miércoles, solo se podrán realizar corridas de toros, novilladas, rejoneo, becerradas, festivales taurinos y tientas en las que no se cause ninguna lesión a los animales ni se les provoque la muerte durante o después del evento.

No obstante, el Gobierno capitalino cuenta con un plazo de 210 días naturales posteriores a la entrada en vigor del Decreto para expedir un nuevo reglamento que establezca los lineamientos específicos para la realización de estos espectáculos. Asimismo, el Congreso de la CDMX deberá armonizar y actualizar la legislación vigente dentro de los 180 días siguientes a la publicación del Decreto.

Este cambio normativo ha sido resultado de un largo proceso de discusión que enfrentó a defensores de los derechos animales y aficionados a la tauromaquia. Las reformas y adiciones a las leyes de Protección Animal y de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México establecen que “en los espectáculos taurinos sin violencia se prohíben las lesiones dentro y fuera del evento, así como la muerte del toro dentro y fuera de la plaza”. Además, se debe garantizar la protección de la integridad física del toro.

El Decreto, impulsado por la jefa de gobierno, Clara Brugada, prohíbe el uso de objetos punzantes que puedan causar heridas, lastimaduras o la muerte del animal, tales como banderillas, espadas y lanzas. Únicamente se permite el uso del capote y la muleta, y se exige proteger los cuernos del toro para evitar lastimaduras a otros animales o personas. Las corridas tendrán una duración máxima de 15 minutos y podrán involucrar hasta seis toros por evento.

La multa por incumplir la nueva normatividad oscilará entre las dos mil y tres mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos entre 226,280 y 339,420 pesos.

Cabe señalar que la prohibición de las peleas de gallos, una demanda incluida en la iniciativa ciudadana con más de 27 mil firmas, no fue incluida en la versión final del documento. Según la diputada local del PAN, Daniela Álvarez, el texto definitivo se aleja en un 90% de la propuesta original, dejando pendiente una posible consulta ciudadana para abordar el tema.

El Decreto establece que las denuncias por espectáculos con maltrato animal, como peleas de gallos, jaripeos y charreadas, deberán ser presentadas ante el Juzgado Cívico correspondiente o la autoridad competente, mientras que los actos de zoofilia se denunciarán ante las instancias ministeriales adecuadas.

Con información de: Excelsiór

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