Indignación y debate tras agresión verbal a agente de SSC en CDMX. Incidente Viral y Reacción Ciudadana El pasado sábado 5 de julio, un video que circuló ampliamente en redes sociales mostró un altercado en la Ciudad de México. En la grabación, una mujer, posteriormente identificada por internautas como...
julio 8, 2025
Indignación y debate tras agresión verbal a agente de SSC en CDMX.
El pasado sábado 5 de julio, un video que circuló ampliamente en redes sociales mostró un altercado en la Ciudad de México. En la grabación, una mujer, posteriormente identificada por internautas como Ximena Pichel, dirigió insultos y expresiones de discriminación hacia un elemento de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).
El incidente se produjo en la colonia Hipódromo Condesa, sobre avenida Tamaulipas, cuando el agente intentaba colocar un inmovilizador a un vehículo. Los comentarios de la mujer, de nacionalidad argentina según usuarios de redes, incluyeron frases como «Odio a los negros como tú» y «No me estés insultando, pinche negro», lo que generó una ola de indignación y un debate sobre el clasismo y el racismo en la capital. La situación rápidamente se volvió viral, lo que llevó a que la mujer fuera apodada «Lady Racista».
Ante la difusión del video y la reacción pública, surgió la pregunta sobre las posibles sanciones que podría enfrentar la mujer por su conducta. De acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México, específicamente el artículo 149, los actos de discriminación pueden acarrear diversas consecuencias. Este artículo establece penas de prisión de uno a tres años, o de 150 a 300 días de trabajo en favor de la comunidad, así como hasta doscientos días de multa.
El artículo 149 del Código Penal aplica a cualquier persona que, por motivos de origen, pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen social o nacional, situación social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o cualquier otra circunstancia, cometa actos que perjudiquen la dignidad humana o que disminuyan o anulen los derechos y libertades de otros. Esto incluye negar servicios o prestaciones, limitar derechos laborales o educativos. Si la conducta es perpetrada por un servidor público o por alguien con una relación de subordinación laboral con la víctima, las sanciones pueden incrementarse. La investigación de este delito se inicia a partir de una denuncia de la parte afectada, lo que indica que el agente de la SSC tendría que presentar la querella correspondiente para que el proceso legal avance.
Fuente: Infobae