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Reforman la Ley de Movilidad en CDMX y endurecen penas a conductores ebrios

Los diputados capitalinos avalaron de manera unánime modificaciones al artículo 67 . Además, extendieron las penas de cárcel a las personas que conduzcan en estado de ebriedad y resulten culpables de homicidio culposo o/y lesiones. El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas a la Ley de Movilidad. Se establecieron sanciones...

julio 10, 2021

Los diputados capitalinos avalaron de manera unánime modificaciones al artículo 67 . Además, extendieron las penas de cárcel a las personas que conduzcan en estado de ebriedad y resulten culpables de homicidio culposo o/y lesiones.

El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas a la Ley de Movilidad. Se establecieron sanciones más severas a conductores que resulten responsables de alguna infracción de tránsito. Las reformas, según dijeron los legisladores, tienen el objetivo de evitar discriminación y acoso sexual en el transporte público. Además se busca acelerar los procesos en caso de un accidente vial.

 

En la reforma también se estableció que si una persona conduce una unidad de transporte privado o público bajo los influjos del alcohol o de sustancias tóxicas, perderá la licencia de forma definitiva. En el caso de conductores de vehículos privados, que sean sorprendidos cometiendo la misma falta dos veces en un mismo año o tres veces a lo largo de tres años, su licencia será cancelada de forma definitiva.

En la misma línea, también hay reformas al Código Penal capitalino. Se realizó un incremento de las penas de cárcel para las personas que cometan homicidio culposo, al conducir bajo los influjos del alcohol,  o bien, de alguna sustancia tóxica, mismas que irán de los cinco a los 13 años.

Por otro lado, cuando un conductor o un vehículo de uso colectivo se vea involucrado en accidentes de tránsito de manera constante, se le revocará el permiso de la ruta de transporte público.

También, se establecieron sanciones de más de 13 años de prisión a los conductores que utilicen de manera indebida los carriles confinados al uso exclusivo de ciclistas o de transporte público. Además, habrá sanciones para quienes circulen a exceso de velocidad y quienes se vean involucrados en algún percance vehicular mientras usan algún dispositivo de comunicación.

Otra modificación que se dio a conocer, para las unidades de transporte público, es que será obligatorio contar con una póliza de seguro, de mínimo de cuatro millones 481 mil pesos, obtenida de una institución registrada en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

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