El máximo tribunal del país determinó que la cadena de supermercados no puede representar los derechos de las mujeres y que otorgarle este beneficio fiscal le daría una «ventaja indebida en el mercado». Aunque la equidad económica en la gestión menstrual es una exigencia social legítima e importante, la...
marzo 4, 2026
El máximo tribunal del país determinó que la cadena de supermercados no puede representar los derechos de las mujeres y que otorgarle este beneficio fiscal le daría una «ventaja indebida en el mercado».
Aunque la equidad económica en la gestión menstrual es una exigencia social legítima e importante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que un amparo promovido por una empresa privada no es la vía legal para ampliar estos beneficios.
El Pleno de la Corte rechazó el proyecto que buscaba amparar a Walmart, el cual pretendía aplicar la tasa del 0% de IVA a una gama más amplia de productos relacionados con la menstruación.
Para entender el debate, es necesario revisar qué establece actualmente el artículo 2-A de la Ley del IVA y qué buscaba cambiar la cadena comercial:
La votación fue dividida. El ministro ponente, Irving Espinosa Betanzo, argumentó que la intención original del Poder Legislativo era eliminar la carga económica por una condición biológica, recordando que hay más de 43 millones de personas menstruantes en México y muchas viven en pobreza. Por ende, propuso que el trato igualitario debía extenderse a otros productos de gestión menstrual.
Sin embargo, la mayoría de los ministros votaron en contra del proyecto. Aquí el contraste de los argumentos que definieron el rechazo:
| Ministro(a) | Argumento para negar el amparo a Walmart |
| Lenia Batres Guadarrama | Conceder el amparo implicaba darle a la empresa «ventajas indebidas en el mercado» sin garantizar que el beneficio (precios más bajos) llegara realmente a las consumidoras. |
| Hugo Aguilar Ortiz | La empresa carece de legitimación para defender este tema. Además, advirtió que un amparo a Walmart excluiría a millones de mujeres indígenas que no compran en dicha tienda. Señaló que ampliar la lista es tarea del Congreso, no de la Corte. |
| María Estela Ríos González | Consideró positivo que la empresa busque responsabilidad social, pero reprochó que pretenda «cargarla al erario de la nación» mediante beneficios fiscales exclusivos. |
Finalmente, el proyecto fue desechado con cinco votos en contra (Herrerías, Ríos, Batres, Figueroa y Aguilar) frente a cuatro votos a favor. El Pleno concluyó que la solución real debe venir de una reforma a la ley en el Congreso de la Unión para que el beneficio aplique a todas las mujeres de manera universal, y no mediante resoluciones judiciales a favor de una corporación.
Con información de PROCESO