La Secretaría de Movilidad (Semovi) propone expedir una “licencia operativa” para todas aquellas empresas o personas físicas como Uber Eats, DiDi Food y Rappi que operen una plataforma digital de entrega o recepción de paquetes. Así lo propuso el vicecoordinador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Congreso de la...
marzo 22, 2022La Secretaría de Movilidad (Semovi) propone expedir una “licencia operativa” para todas aquellas empresas o personas físicas como Uber Eats, DiDi Food y Rappi que operen una plataforma digital de entrega o recepción de paquetes.
Así lo propuso el vicecoordinador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Congreso de la Ciudad de México, Jorge Gaviño, a través de una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley de Movilidad capitalina.
El diputado añadió que la propuesta tiene como propósito combatir la precarización del trabajo de repartidores a través de plataformas digitales, las cuales “al amparo de un argumento de emprendedurismo y aprovechamiento de nuevas plataformas, hacen prescindir a los trabajadores de las condiciones mínimas para realizar su labor”.
La iniciativa busca dar seguridad también a los usuarios de plataformas, pues se han reportado robos en casas y a transeúntes por quienes simulan ser repartidores.
Asimismo, en el documento se detalla que estas compañías deberán presentar un programa para la prevención de riesgos de los repartidores empleados en la plataforma, y contar con un esquema de aseguramiento:
“que ampare responsabilidad civil, riesgos de accidente y muerte a favor de éste y de terceros, mediante una póliza de seguro expedida por una institución del ramo”.
Gaviño Ambriz agregó que el titular de la licencia operativa de plataforma de reparto “podrá optar por acreditar el cumplimiento de prestaciones de seguridad social para cubrir el riesgo de accidentes o muerte de los conductores que operen en su app”.
Añadió que, en caso de incumplimiento, se podrá retirar la licencia, y dejó en claro que:
“en ningún caso las plataformas podrán hacer responsable o deducirles comisión o contraprestación alguna a la persona que realice la entrega de bienes, sobre robos, calidad de los bienes, entre otros”.